División de Contratación Administrativa
Al contestar refiérase
al oficio Nº. 22698
15 de diciembre, 2022
DCA-3199
Señora
Esmeralda Britton González
Presidenta Junta Directiva
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
Estimada señora:
Asunto: Ampliación de oficio Nº 15968 (DCA-2718) de 30 de setiembre de 2022.
Mediante el oficio de referencia, esta Contraloría General evacuó la consulta formulada
por la Junta de Protección Social mediante oficio Nº JPS-PRES-314-2022 del 16 de agosto de
2022, en el cual se solicitó criterio en relación a la aplicación de la Ley de Contratación
Administrativa (en adelante LCA) y su reglamento o la aplicación de la Ley General de
Contratación Pública (en adelante LGCP) a los contratos suscritos antes del 1 de diciembre de
2022, de frente a lo establecido en el Transitorio I de esta última ley.
En el oficio Nº 15968 se concluyó que para definir el alcance del Transitorio I de la LGCP,
respecto a los contratos iniciados antes de su entrada en vigencia, se debe determinar para
cada caso concreto, si la aplicación de la nueva ley afecta los derechos adquiridos y las
situaciones jurídicas nacidas de la relación contractual, lo cual se encuentra expresamente
prohibido por el artículo 34 de la Constitución Política.
Caso contrario, se podrá aplicar la nueva Ley, en el entendido que no existe un derecho a
la inmutabilidad del ordenamiento jurídico, máxime en el caso de las normas de procedimiento
o procesales, las cuales como se indicó en la cita doctrinal señalada en esa oportunidad,
permiten la aplicación de la nueva legislación, siempre que se garantice que las partes tengan
las mismas oportunidades que otorgaba la normativa derogada para ejercer su derecho de
defensa y debido proceso.
Además se indicó que, teniendo claros los aspectos por valorar para determinar el
alcance de los Transitorios de la LGCP, era criterio de este órgano contralor que al no haberse
emitido la Reglamentación de la ley por parte del Poder Ejecutivo, resultaba imposib ...
Fecha publicación: 18/01/2023
Fecha emisión: 15/12/2022
Institución: JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
Emite: División de Contratación Administrativa
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Aplicación de principios de contratación
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Al contestar refiérase
al oficio n.° 23264
23 de diciembre, 2022
DFOE-SOS-0582
Señora
Sonia Rojas Méndez
Diputada
Asamblea Legislativa
Asunto: Atención de oficio AL-FPLN-SRM-OFI-394-2022, mediante el cual se consulta
sobre las cláusulas de escape de la regla fiscal al CNP y dar respuesta a la
siguiente pregunta:
Si tácitamente se suprime la aplicación de lo establecido en el párrafo segundo, artículo
25 del Decreto Ejecutivo n.° 41641-H al escenario a) indicado en el artículo 16 relativo a las
cláusulas de escape del Título IV de la ley n.° 9635.
Se atiende oficio AL-FPLN-SRM-OFI-394-2022, recibido el 9 de noviembre del 2022,
mediante el cual la Diputada Sonia Rojas Méndez consulta al Órgano Contralor sobre las
cláusulas de escape de la regla fiscal aplicadas al CNP.
Al respecto, conviene indicar en primer término, que la Ley de Fortalecimiento de las
Finanzas Públicas, ley n.° 9635 en su título IV, tiene como objeto establecer reglas de gestión
de las finanzas públicas, con la finalidad de garantizar la sostenibilidad fiscal.
Por su parte, la regla fiscal es una restricción permanente para la política fiscal con el
objetivo de alcanzar una solidez económica en las finanzas públicas, diseñada para fomentar
una disciplina fiscal que evite la incertidumbre que genera la intervención discrecional y
provoque una estabilidad a mediano plazo, tanto en lo financiero como en el crecimiento
económico .1
Sin embargo, el legislador previó situaciones de excepción a estas reglas a través de
las cláusulas de escape que son una serie de lineamientos orientados a permitir cierta
flexibilidad para adaptar la regla fiscal a eventos o choques temporales imprevistos. De esta
manera, el artículo 16, del Título IV de la ley n.° 9635 establece los dos escenarios en que esta
regla fiscal se flexibiliza, una por estado de emergencia nacional y otra por recesión económica
en el pa ...
Fecha publicación: 11/01/2023
Fecha emisión: 23/12/2022
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Sostenible
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Concepto y Generalidades de Hacienda Pública
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 23271
23 de diciembre del 2022
DJ-2788
Ingeniero
Denic Murillo Murillo, Representante Legal
PROELÉCTRICA DE CENTROAMÉRICA S.A
dmurillo@proelectrica.net
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio N° 20221207-CO-CGR-SNC-01 de fecha 07 de
diciembre de 2022, mediante el cual plantea varias interrogantes sobre la autonomía
institucional y el Sistema Nacional de calidad de las Universidades estatales, y hasta
donde están exentas de acatar la Ley N° 8279 Ley del Sistema Nacional para la Calidad,
así como el reglamento técnico nacional N° 36979-MEIC.
En atención a las consultas planteadas, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés, dicho artículo expresamente indica:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:dmurillo@proelectrica.net
http://www.cgr.go.cr/
Div ...
Fecha publicación: 23/12/2022
Fecha emisión: 23/12/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Falta de legitimación
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 23269
23 de diciembre del 2022
DJ-2787
Señor
Ronny Jose Montero Orozco
Administrador Tributario y Financiero
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO
Ce: atf@municobano.go.cr
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso
concreto.
Se refiere este Despacho a su oficio ADT-053-2022, con fecha del 09 de diciembre
de 2022, en cual plantea su consulta sobre el proceso para incorporar una modificación
presupuestaria en el presupuesto de la Municipalidad de Puntarenas, que fue aprobada
por el Concejo Municipal de Distrito de Cóbano y justificada de forma técnica y legal, pero
rechazada por la Municipalidad indicada.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la
República, entre los que se citan, en lo de interés, el siguiente:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:atf@municobano.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
Di ...
Fecha publicación: 23/12/2022
Fecha emisión: 23/12/2022
Institución: CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE COBANO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Caso concreto
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 23066
21 de diciembre del 2022
DJ-2757
Señor
Luis Alejandro Nuñez Cortes
PARTICULAR
Ce: luneco20@gmail.com
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de
legitimación.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, con fecha 19 de diciembre del
2022, donde el cual consulta a este Órgano Contralor sobre el actuar de una junta
educación ante una licitación abreviada declarada infructuosa, así mismo menciona si se
puede hacer uso del artículo 15 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y
si se necesita una autorización.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden
participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo
de interés, dicho artículo expresamente indica:
“Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son
parte del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los
órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de
la fiscalización de la Contraloría General, el auditor y subauditor interno y l ...
Fecha publicación: 22/12/2022
Fecha emisión: 21/12/2022
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Falta de legitimación
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 22624
14 de diciembre del 2022
DJ-2704
Señor
Douglas Soto Leitón, Gerente General
BANCO DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Se rechaza su solicitud de criterio.
Se refiere este Despacho a su oficio número GG-11-639-2022, fechado el 25 de
noviembre de 2022, mediante el cual consulta cómo se debe proceder cuando una
administración remata un bien y este resulte infructuoso, en el marco de la nueva Ley
General de Contratación Pública y su reglamento.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito
de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos
privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas
dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas
del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la
atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia
consultiva.
Ahora bien, con la entrada en vigencia de la Ley General de Contratación
Pública (LGCP), n.° 9986, se materializa un cambio esencial en la gobernanza de las
compras públicas del país, al crear un órgano rector a nivel de toda la administración
pública en esa materia, la Autoridad de Contratación Pública. Además, se crea un
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
órgano ejecutor de dicha Autoridad, la Dirección de Contratación Pública del Ministerio
de Hacienda, a la que se asign ...
Fecha publicación: 21/12/2022
Fecha emisión: 14/12/2022
Institución: BANCO DE COSTA RICA
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Falta de competencia
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 23035
21 de diciembre del 2022
DJ-2753
Licenciada
Xinia Espinoza Morales, Secretaria del Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
concejo@munigarabito.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso
concreto.
Se refiere este despacho a su oficio N° S.G. 709-2022, con fecha 22 de noviembre
de 2022, mediante el cual plantea dos interrogantes sobre la contratación directa de
cámaras de vigilancia que tiene actualmente la Municipalidad. 1- ¿Que si la contratación
directa de la empresa privada es conforme a la ley? 2- ¿Que si la contratación por
demanda es la figura jurídica correcta para amparar esta relación contractual?
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:concejo@munigarabito.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la
República, entre los que ...
Fecha publicación: 21/12/2022
Fecha emisión: 21/12/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE GARABITO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Caso concreto
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Finanzas Públicas
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 22228
16 de diciembre, 2022
DFOE-FIP-0477
Licenciada
Gricelda Vargas Segura
Alcaldesa Municipal
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
notificaciones@municanas.go.cr
xiomara.murillo@municanas.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Atención de solicitud de criterio sobre el pago de viáticos de transporte a
funcionarios públicos que asisten a centros de rehabilitación a recibir
terapias personales por problemas.
Se procede a dar respuesta a su oficio OFC-ALC-0470-2022 del 8 de noviembre de
2022 y recibido por esta Contraloría el mismo día, por el cual solicita el criterio de este
Órgano Contralor, sobre aspectos relacionados con la cancelación de viáticos a funcionarios
públicos que asisten a centros de rehabilitación a recibir terapias personales por problemas.
I. ANTECEDENTES Y MOTIVO DE LA GESTIÓN
En su escrito inicial, remitido al Área de Desarrollo Local de esta Contraloría, la Señora
Alcaldesa de la Municipalidad de Cañas, consulta si ¿Procede el pago de viáticos de
transporte a funcionarios públicos, que asisten a centros de rehabilitación a recibir terapias
personales por problemas?
Añade, que en el criterio técnico legal número LEGAL-OF-016-2022, se concluye: “1-
Que la Municipalidad de Cañas en cumpliendo (sic) el llamado de la OIT, de brindarle al
trabajador la posibilidad de tratarse y rehabilitarse antes de aplicar el régimen disciplinario,
con el fin que el funcionario conservar el empleo, no está en la (sic) compromiso de obligar
trabajador que se someta al tratamiento o terapia, siendo más que evidente que si no
aprovecha tal oportunidad, podría, entonces la Municipalidad aplicar ...
Fecha publicación: 21/12/2022
Fecha emisión: 16/12/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de las Finanzas Públicas
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Concepto de viaticos
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 22976
20 de diciembre del 2022
DJ-2745
Señor
Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Presidente del Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
Ce: plncartago.fraccionmunicipal@gmail.com
Estimado señor:
Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la
CGR. Criterio legal y acuerdo del concejo municipal.
Se refiere este Despacho a su oficio número PCM-010-2022, mediante el cual solicita
criterio a este Órgano Contralor sobre cuales son las funciones que la Auditoría Interna de la
Municipalidad de Cartago debe atender con relación al Concejo Municipal, esto por las diversas
interpretaciones sobre sus funciones y competencias.
De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad
consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto
le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los
sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la
Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre
del 2011, publicado en la Gaceta No. 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las
condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del
ejercicio de la competencia consultiva.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:plncartago.fraccionmunicipal@gmail.com
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos de
obligatorio cumplimiento para la presentación de consultas ante la Contralo ...
Fecha publicación: 20/12/2022
Fecha emisión: 20/12/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Al contestar refiérase
al oficio N.º 22776
16 de diciembre, 2022
DFOE-LOC-2433
Licenciada
Kattia Jessy Calvo Jiménez
Auditora Interna
kattia.calvo@abangares.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio con relación a las Unidades de Auditoría Interna
de los Concejos Municipales de Distrito y las Municipalidades a las
cuales pertenecen
Se procede a dar respuesta al oficio n.° MA-AI-0124-2022 de 24 de noviembre de
2022.
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Mediante dicha nota, la Auditora Interna de la Municipalidad de Abangares solicita a
la Contraloría General el criterio para aclarar lo siguiente:
1. ¿En caso que un tercero solicite realizar una Auditoría en el Concejo Municipal
de distrito (sic), a quien le corresponde realizarla; al Auditor de la Municipalidad
Madre o al auditor interno del Concejo Municipal de distrito (sic)?
Además, solicita aclarar la conclusión 3 del oficio n.° 19304 (DFOE-DL-2361) de
7 de diciembre de 2020 que señala (...) 3. La auditoría interna tiene acceso de
manera directa a la información que considere pertinente para realizar su labor,
según la potestad concedida por la Ley General de Control Interno.
Sobre este tema, (...) la posición de esta auditoría interna es que la auditoría debe
realizarla el auditor interno del Concejo Municipal de Distrito y que la conclusión número 3
se refiere a dicha dependencia.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:kattia.calvo@abangares.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
.División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
DFOE-LOC- 2433 2 16 de diciembre,2022
II. CONSIDERACIONES PRELIMINARES
El ejercicio de la potestad consultiva de la Contralo ...
Fecha publicación: 20/12/2022
Fecha emisión: 15/12/2022
Institución: MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2022
Tesauro: Acceso a información y otras potestades